La
sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)
ha desestimado una querella interpuesta por el ex ministro de
Industria, José Manuel Soria López, contra la magistrada Victoria
Rosell Aguilar. Dice la resolución que los hechos imputados no son
constitutivos de delito alguno y que, en consecuencia, se decreta el
sobreseimiento y archivo de las diligencias previas tramitadas. La
resolución no es firme: caben recursos de reforma y apelación.
Soria acusaba a Rosell de presuntos delitos de injurias y calumnias,
retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y
cohecho.
Un
párrafo de la citada resolución es muy contundente: “En
consecuencia, no apreciándose ni acreditándose que la magistrada
Victoria Rosell Aguilar se haya visto beneficiada por dádiva alguna
procedente de antiguas y extintas relaciones comerciales que pudieran
haber tenido los señores Ramírez [empresario, presidente de la U.D.
Las Palmas] y Sosa [periodista, compañero sentimental], o de un
contrato cuando ella no ejercía como magistrada, al haber obtenido
la excedencia en la carrera judicial, o bien de un servicio de alarma
o de limpieza que pudiera prestarse en las oficinas de Clan de Medios
de Comunicación y Marketing, que ni siquiera se acredita sigan en
vigor y que, de ser así, su cuantía es insignificante, debe también
desestimarse la querella por la imputación referida al delito de
cohecho”.
El
asunto, en su momento, suscitó una gran controversia, tanto judicial
como política y mediática. Significó, independientemente de otras
valoraciones sustanciadas en enemistades manifiestas, diferencias e
intereses políticos contrapuestos, que la juez Rosell hubo de
renunciar a su inclusión en la candidatura de Podemos al Congreso de
los Diputados por la provincia de Las Palmas.
El
consecuente '¿y ahora qué?' suena rotundo, como otras ocasiones en
que acciones judiciales emprendidas contra representantes o
candidatos de partidos políticos o cargos públicos no prosperaron.
La judicialización de la vida política, tan legítima como
denostada. Publica, que algo queda. ¿Pero, quién, en este caso,
restituye a la juez Rosell los perjuicios ocasionados? Ella misma,
al conocer la resolución exculpatoria, confiesa que ha sufrido “un
año entero aguantando portadas, aguantando en las redes sociales lo
más grande, y un descrédito personal, profesional y social de
alguien que quería acabar con mi carrera política y profesional”.
Es
probable que la pregunta se agote en sí misma, sin más
repercusiones; y que el caso sea otra muesca en los vericuetos
político-judiciales de algunos. Pero es evidente que el daño está
causado, independientemente de los tratamientos mediáticos
dispensados al caso. Sobre la mesa, de nuevo, el papel de los medios
de comunicación: su cuestionado equilibrio, las rectificaciones
imposibles, el sesgo, las inhibiciones o el énfasis exagerado y
justificado simplemente porque es noticia y porque la ocasión es
propicia para acreditar la igualdad de los mortales.
La
magistrada Rosell se refiere a esas connotaciones, identificadas como
juicios paralelos, “penas de telediario” o derecho de
rectificación, denunciando el hecho de que “los medios no sean
capaces de corregir cuando se demuestra que han sido utilizados por
una persona con mucho poder, para expandir determinadas noticias tras
las que luego es muy difícil recuperar tu dignidad”. Añadió que
“mientras, todavía habrá gente que diga “mira lo que hizo esta
mujer”. Y no solo los medios, decimos nosotros, sino los
periodistas, tertulianos y opinadores.
Rosell
se hace una pregunta que suena no menos rotunda: “Más allá de la
pena del telediario, ¿hasta qué nivel de mentira estamos dispuestos
a tolerar por lo que mandan las personas con poder?”.
Difícil
respuesta, claro, pero al menos envuelve una reflexión, obligada
tras casos como el que comentamos. Y aunque ella haya vuelto a la
judicatura -sin norte claro de un posible retorno a la política- y
el ex ministro, ya en su retiro, haya probado de nuevo el acíbar de
acciones judiciales contraproducentes, la experiencia debe servirnos
para medir el alcance de algunas decisiones y el tratamiento
informativo subsiguiente.
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