Pensar en los menores, proteger a los menores, asistirles
mediante respuestas adecuadas… El más reciente repunte de la violencia de
género obliga también a reflexionar sobre la suerte de los menores de edad que
son víctimas de esa lacra social de nuestro tiempo. No sólo la indefensión ni
el peor de los casos, la orfandad, sino el compromiso de superar estos riesgos
y velar por su integridad: en esos objetivos hay que esmerarse. Y hacerlo
mediante Ley.
Distintas
asociaciones de mujeres, viendo el cariz de los últimos acontecimientos, han
reaccionado. Y el Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes también,
precisamente promoviendo una Proposición de Ley orientada al fortalecimiento
del ordenamiento jurídico que recoge la modificación del articulado de los
códigos Civil y Penal, de la ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley
Orgánica del Poder Judicial. Los datos que contrastan la disminución de
denuncias -se ha vuelto a niveles del año 2007-, de mujeres bajo distintos
sistemas de protección, de las llamadas al teléfono directo de ayuda (016) y
del número de prestaciones del servicio de teleasistencia, así como una cierta
pasividad del Gobierno que no parece impuesto de la gravedad del problema,
hacen que la iniciativa tenga plena razón de ser. Todo lo que haga por los
menores debe ser acentuado y ponderado.
De ahí que se
haga hincapié en la Ley integral contra la violencia de género, considerada
como una de las avanzadas del entorno. Por ejemplo, es razonable plantear que
los jueces puedan suspender las medidas de guardia y custodia e, igualmente, el
régimen de visitas de los hijos a los padres encausados en un procedimiento
penal por violencia de género. Es una cautela consecuente si la autoridad
judicial detecta indicios racionales y suficientes en un procedimiento de
divorcio, separación o nulidad.
De acuerdo
con la experiencia acumulada, se propone que la modificación legislativa
obligue a los juzgados de violencia de género a conocer el quebrantamiento de
las condenas de los maltratadores, de las medidas de seguridad y de todas
aquellas otras de carácter cautelar que fortalezcan las condiciones de prevención
pues, lamentablemente, se ha comprobado que en medio de esas situaciones se han
registrado algunos asesinatos, lo cual pone en evidencia el enorme riesgo para
la vida y la integridad de la víctima. En efecto, hay en ese marco algunos
casos dramáticos, desgarradores, cuando concluyen con la muerte de menores de
edad a manos de sus progenitores.
Los menores
no pueden ser víctimas añadidas a uno de los fenómenos sociales más reprobables
de nuestro tiempo. Superación de hábitos, de acuerdo; otra cultura, otros
modelos de conducta, claro que sí. Pero eso lleva su tiempo. Y para moldearlas
es imprescindible contar con soportes legales tan sólidos como eficaces que
coadyuven a los cambios sociales que se requieren. Difícilmente podremos hablar
de una sociedad avanzada si arrastramos lacras como la que comentamos. O peor,
si no se adoptan medidas que erradiquen comportamientos violentos y criminales.
En este
asunto, desde luego, no es cuestión de ceder. Al contrario, lo que toca es
seguir progresando y conquistando. Por todos, claro. También por los menores.
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