O reformula la futura Ley o estará atentando contra nuestra
Constitución, poco menos que ha venido a concluir el Consejo de Estado ante el
Gobierno en su dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Racionalización y
Sostenibilidad de la Administración Local. Y aporta, en consecuencia, nuevos y
sustantivos elementos a una controversia que, entre el desacuerdo de las
formaciones políticas, las estrecheces gubernamentales y las interpretaciones
contrapuestas de buena parte del texto articulado, había alcanzado un nivel de
incertidumbre que ni la holgada mayoría parlamentaria del Partido Popular (PP),
ya puestos, lograba disminuir.
Decimos esto porque, entre otras consideraciones (como por ejemplo, si
lo que pretende el Gobierno del Estado, con este Anteproyecto de Ley, es el
cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, no era necesaria esta
nueva norma: bastaría con la aplicación
de las medidas ya contenidas en la Ley Orgánica del mismo nombre), hay
que destacar que el Consejo de Estado
hace que se tambaleen los dos principales pilares en los que el Gobierno del
Estado asienta el nuevo modelo de régimen local que busca imponer. En otras
palabras, desmonta la "línea de flotación" del Anteproyecto de Ley de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Veamos:
Con respecto a la fórmula del coste estándar, el Consejo de Estado es
contundente. Lo poco que dice el Anteproyecto de Ley de cómo se llevará a cabo
la evaluación del coste de los servicios municipales, remitiéndolo, casi todo,
al futuro desarrollo reglamentario, es, en palabras del Consejo, “tan amplia y carente de parámetros legales que
prácticamente puede considerarse como una habilitación en blanco al Gobierno”.
Para el Consejo, al menos, debería especificarse a quién corresponde la
competencia para realizar tal evaluación, precisar los criterios que deben
tomarse en consideración para llevarla a cabo y regular, siquiera de forma
sucinta, el cauce procedimental a través del cual ha de discurrir esta
operación.
La referencia que hace a la necesidad de precisar los criterios para la
evaluación no es baladí. Como reclama el municipalismo, el Consejo de Estado
reconoce que estamos ante una realidad heterogénea, a partir de la cual sugiere
que se introduzcan factores de corrección que atiendan a diversas variables
como: la orografía, el clima o la estructura social y económica del municipio.
Pero ahí no queda la cosa. Es más, llega a afirmar que la aplicación del
coste estándar "no debería producir el efecto condicionante
que se le atribuye, que, en última instancia, puede llegar a suponer una
atribución "en precario" a los municipios de su autonomía”.
E incluso que "pueda también hacer operar de manera
inadecuada las obligaciones de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”.
Huelga decir, por tanto, que estamos ante un duro varapalo al sistema
concebido por el Gobierno del Estado.
En cuanto al régimen de traslación de las competencias municipales a
favor de los Cabildos insulares, el
Consejo de Estado parte de un hecho, que parece una obviedad: el nuevo régimen "supone un desapoderamiento ‘ex
lege’ de las competencias municipales, en favor de la isla", en
el caso de Canarias, claro está. Lo que pudiera derivar en un "cuestionamiento de la garantía institucional de la Autonomía Municipal”.
El Consejo de Estado advierte de la incongruencia y diferente trato que
se dispensa a los Municipios y a los cabildos ya que se parte de la prestación
de los servicios municipales por parte de los Cabildos insulares, cuando los municipios
no superen la evaluación de su coste estándar, pero sin tener en cuenta el
posible escenario en el que el Cabildo al que haya de encomendarse dicha
prestación "se encuentre en una situación de déficit que puede dificultar o
impedir razonablemente asumir la gestión de esos mismos servicios”. En este
sentido, el Consejo echa en falta algún
tipo de consecuencias para el caso de incumplimiento, por los cabildos, del
coste estándar.
El órgano consultivo advierte que "disponer la
supresión de contenidos fundamentales de la Autonomía Local con base en el
incumplimiento de un parámetro económico y único (coste estándar), configurado
como elemento del que depende la continuidad de la prestación de servicios por
parte del municipio, puede afectar negativamente al núcleo esencial de la citada garantía institucional”.
Pero ahí no queda la cosa, el Consejo "se moja" y reconoce que
más que por la traslación de las competencias a los cabildos, el Anteproyecto
debería abogar por otras alternativas enfocadas a la asociación voluntaria de municipios
(mancomunidades e incluso fusiones), "no solo más respetuosas con la Autonomía
Local, sino también con la normativa sobre estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera”.
En definitiva, para el Consejo de Estado, el Anteproyecto de Ley genera
serias dudas, incertidumbres e incongruencias que provocan altas dosis de
inseguridad jurídica y que pueden llegar incluso a “dificultar la consecución de
los objetivos que con la nueva regulación se pretenden alcanzar”. Es
por ello que invita a su revisión.
Porque el varapalo es de los que hacen época.
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