En la vorágine informativa que intentamos sobrellevar -al
Gobierno le viene de perlas: una noticia solapa a la otra no sólo para desviar
la atención sino para estimular la que compense otros focos de erosión-, ha
pasado inadvertido un hecho que no deja de ser histórico: el principal partido
y la mayoría de los grupos parlamentarios de la oposición presentaron un
recurso en el Tribunal Constitucional (TC) por la no revalorización de las
pensiones.
Se trata, en
el fondo, de intentar restituir una conquista o un derecho que la oposición, en
su conjunto, entiende que el Gobierno presidido por Mariano Rajoy ha arrebatado
a los pensionistas. Ya veremos qué dice el alto tribunal pero, desde luego, la
suspensión del derecho de revalorización en el presente ejercicio -sustituido
por un incremento discrecional- puede ser interpretada inicialmente como una
vulneración de la Cartamagna en cuanto que dispone que nadie podrá ser privado
de sus bienes y derechos.
Los orígenes
del problema -confiemos en que su definitiva solución no se demore en exceso-
hay que situarlos en noviembre del pasado año, cuando el Gobierno decidió no
actualizar las pensiones con el Índice de Precios al Consumo (IPC) para
mantener su poder adquisitivo. La decisión del ejecutivo llegaba cuando el
derecho ya se había generado, prácticamente desde el 1 de enero de 2012, por lo
que cabe entender el carácter retroactivo de la medida que es uno de los
motivos de la presunta inconstitucionalidad.
Recordemos
que hubo entonces elecciones en Galicia y Catalunya. El partido gubernamental
incluyó, entre sus mensajes de campaña, la revalorización de las pensiones y
hasta su mayoría parlamentaria así la votó en el Congreso. Pero… el gozo, en el
pozo de los incumplimientos y de los derechos individuales restringidos. Entre
la irretroactividad y la privación, lo cierto es que los pensionistas se han visto
negativamente afectados, pese a que el Ejecutivo, consciente de la
impopularidad de la medida, decidió aplicar una revalorización de las cuantías
percibidas del 1% para aquellas pensiones superiores a los 1.000 euros
mensuales. Porcentaje que se incrementa hasta el 2% para las inferiores a los
1.000 euros.
Son casi
nueve millones de pensionistas, luego no estamos ante una decisión que se
despacha sin más. Claro que se resiente su nivel de vida y claro que aumenta el
riesgo de exclusión social. Hay un factor añadido: la pérdida de renta que
implica esta medida puede perpetuarse de forma perjudicial en años sucesivos al
no consolidarse la cuantía de la pensión.
Conclusión:
habrá que estar muy atentos a la resolución que sobre el particular dicte el
TC. Y esperemos que para entonces no pase tan desapercibida, informativamente
hablando, como este recurso presentado por la práctica totalidad de la
oposición parlamentaria, un hecho histórico, ciertamente.
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