En
septiembre de 1821, el Ayuntamiento del Puerto de la Cruz
confeccionó y aprobó un censo electoral en el que quedaron
registrados mil ciento trece vecinos.
Apenas
un mes antes, el último día de julio, el consistorio hubo de hacer
frente a un hecho que puso en evidencia los riesgos de quedarse sin
escuela pública en el municipio.
Relata
el cronista oficial Nicolás Pestana Sánchez que el comisionado del
Crédito Público, Juan Pedro Nepomuceno, se presentó para hacerse
cargo de los enseres del convento dominico que, por distintas causas,
debería quedar cerrado. Si eso se consumaba, sería clausurada la
escuela pública que estaba instalada en una de las estancias del
mencionado convento, donde recibían instrucción y formación los
adolescentes y jóvenes del pueblo.
El
Ayuntamiento era consciente de que una materia de su incumbencia
consistía en velar por el buen desarrollo de la enseñanza en la
localidad, de modo que, a la vista del artículo 26 de la Real Orden
de 25 de octubre de 1820, ofició al expresado comisionado haciéndole
ver la preocupación y las razones de la limitación de recursos para
poder atender las demandas educativas correspondientes.
La
escuela estaba instalada en el refectorio (sala que se utilizaba como
comedor común) del convento dominico. De ello tenía conocimiento la
Diputación Provincial. El consistorio, con donaciones hechas por los
vecinos, invirtió en el acondicionamiento de la estancia doscientos
pesos de la época. Se trataba de convencer al comisionado para que
dejase el citado espacio a disposición del Ayuntamiento que, en
consecuencia, se hacía responsable para que los niños y jóvenes
portuenses no se quedaran sin recibir las enseñanzas
correspondientes.
El
comisionado Nepomuceno accedió a la petición del Ayuntamiento. Con
posterioridad, el consistorio acordó elevar escrito al Jefe Superior
Político para que se señalase uno de los conventos que quedaban
vacantes, “con el objeto de hacer en él -relata Pestana- la casa
consistorial y demás piezas que eran necesarias para el servicio
público y de las que totalmente carecía este pueblo”.
En
la comunicación se hace constar que dada su localización,
construcción interior y menor provecho que se podía obtener por
parte del crédito público (equivalente, suponemos, a los intereses
generales del municipio), el convento dominico era el más apropiado
para el fin solicitado.
De
esa forma, se salvaba la que debía ser mínima dotación para la
instrucción pública. La normativa o la burocracia de la época
exigían una reiteración de los acuerdos adoptados, por lo que el
consistorio portuense se dirigió nuevamente al Jefe Superior
Político para que determinase uno de los conventos suprimidos para
el Establecimiento
de casa consistorial, escuelas, cárceles, hospitales y demás
centros de beneficencia pública, de
manera que, dando cuenta a la Diputación Provincial, se señalase el
convento dominico, por encontrarse en situación más apropiada para
los referidos objetos sociales.
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