domingo, 18 de abril de 2021

EMPADRONAMIENTOS DE CONVENIENCIA

Pues menos mal que el Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto, en ajustadísima votación, ese asunto de incluir o no en la candidatura del Partido Popular a las próximas elecciones en la Comunidad de Madrid a Tony Cantó y Agustín Conde. No irán en la lista.

Menos mal porque cabe imaginar el paisaje electoral en las próximas convocatorias: vive en tal sitio pero está empadronado en este otro o fue incorporado al censo fuera de plazo, por lo que, de acuerdo con la normativa de aplicación, “no pueden ser candidatos al no tener la condición de electores inscritos en el censo electoral vigente”. La de campo abierto, con una resolución en sentido contrario, para consagrar irregularidades, trampas y trampillas.

Dos corrientes muy claras en el seno del alto tribunal: una, defendida por quienes se han mostrado partidarios de la flexibilidad, dicen que para no mermar un derecho fundamental relevante como es el de la participación política; y otra, la que proclama la igualdad de la Ley, principio a partir del cual se rechaza que haya existido vulneración del derecho del sufragio pasivo, del derecho a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos así como del derecho a no padecer indefensión.

La resolución final despeja dudas sobre q ué hacer en casos como este. Que sea el mismísimo Tribunal Constitucional, a punto de sonar el silbato del comienzo de la campaña electoral, el que haya tomado esta determinación, revela que si existen imperfecciones normativas, hay que revisarlas, pero, entretanto, se hace imprescindible decidir sobre las disposiciones vigentes, por muchas interpretaciones técnico-jurídicas a que se presten.

Lo que no puede ocurrir es que haya terrenos donde sea posible aprovecharse de vacíos o de criterios influidos por convicciones ideológicas. Las normas deben ser iguales para todos y a partir de esta consideración y de su vigencia, actuar en consecuencia.

Lo contrario, en este caso, hubiera sido propiciar lo que se ha venido en llamar “empadronamientos de conveniencia”.

Una duda menos. Pero los partidos deberían ser los primeros en dar ejemplo con el cumplimiento taxativo de la legalidad. No ocurra lo que se viene padeciendo con el transfuguismo.

 

1 comentario:

zoilolobo dijo...

Bien explicado y mejor comprendido. No a los empadronamientos de conveniencia, sobre todo política.
Cordial saludo.
Zoilo López