Atención
a un Real Decreto que entró en vigor el pasado 1 de julio. Atención
porque “afecta a la totalidad del sector público local y pretende
asegurar la gestión regular de los fondos públicos, el empleo
eficiente de los mismos y la sostenibilidad financiera de las
entidades”, según se consigna en la exposición de motivos.
Atención alcaldes, concejales de Hacienda, gobiernos locales,
componentes de consejos de administración, gerentes y demás
afectados porque esta norma incide en las cuentas: durante tres años,
a partir del próximo 2019, el interventor de fondos tendrá que
asegurar, “con medios propios o externos”, el control efectivo de
los presupuestos generales de las entidades locales. Sabido es que
muchos ayuntamientos no presentan sus cuentas con regularidad. El
dato de un treinta y nueve por ciento, de las relativas a 2016, que
todavía no atendido esa exigencia, constata ese incumplimiento.
Luego, la normativa viene, teóricamente, a mejorar un estado de
cosas poco favorable a la transparencia y a la administración más
apropiada de los recursos públicos.
Sobre
el papel, podría decirse una frase coloquial: no escapa nadie. Esto
es, los interventores y habilitados habrán de aplicar la norma sobre
los consorcios, los organismos autónomos, las sociedades y empresas
públicas, las fundaciones y asociaciones con capital público
municipal y las entidades públicas empresariales. Se trata, pues, de
auditar a estructuras administrativas dependientes de los
ayuntamientos españoles, casi tres mil cuatrocientas, según fuentes
del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE). Si
se cumple al pie de la letra -ya veremos luego en la práctica cómo
evoluciona la contabilidad-, puede que estemos ante un salto
significativo para intentar cuadrar y equilibrar el sector público
local. O igual nos encontraremos con unas “auditorías de infarto”,
frase que acuñó el ex presidente del Gobierno, Felipe González,
cuando se proponía acceder al poder.
Pero,
bueno, lo importante es que los cargos públicos responsables van a
tener en los interventores de fondos un soporte fundamental. Porque
estará a su cargo la fiscalización financiera no solo antes de que
los presupuestos sean aprobados y entren en vigor sino durante su
ejecución y la fase posterior. El Real Decreto, en previsión de que
los recursos municipales no sean suficientes, deja las puertas
abiertas a la participación de firmas privadas de auditoría, por
espacio de dos años que se puede prorrogar hasta un máximo de ocho.
Los expertos señalan que el papel de las firmas se ciñe al de
colaborar con el departamento de intervención pues para eso la
disposición explicita el marco normativo de modo que los titulares
del mismo aseguren el control interno.
El
gran objetivo es garantizar el control efectivo del cien por cien de
los presupuestos generales consolidados del ejercicio en dos
modalidades: una, en la función interventora; y la otra, el ochenta
por ciento, al menos, mediante la aplicación de la modalidad de
control financiero. La norma señala que para este control, “en el
transcurso de tres ejercicios consecutivos y con base en un análisis
previo de riesgo, deberá haber alcanzado el cien por cien del
presupuesto general consolidado”.
Es
evidente, por otro lado, que surge una gran oportunidad para los
auditores de cuentas o para las empresas especializadas. Cierto que
habrán de afrontar procesos intensos de formación de personal,
ajustados a las características del sector público, pero es una
opción de acceso al mercado laboral y hasta una cualificación para
quienes ya ejercen.
En
fin, una oportunidad, una norma y un funcionamiento más riguroso de
la administración pública. Auditorías: ahí se les quiere ver.
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