Se
trata, en pocas palabras, de facilitar las demandas colectivas de
consumo. Eso es lo que persigue una reforma de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, promovida por quince diputados al Congreso
-encabezados por el valenciano de Coalició Compromís, Joan
Baldoví-, de modo que no solo sean los fiscales y las asociaciones
de consumidores quienes presenten tales demandas.
Y
es que la experiencia indica que cuando se han registrado casos de
fraudes sistémicos o similares, las asociaciones, entendidas como
agentes sociales representativos, se han revelado como un recurso
poco eficaz. Desde el momento en que se aprecie la necesidad de
corregir y el procedimiento lleve camino de eternizarse, es
prioritario intervenir con urgencia.
Los
promotores de esta reforma alegan que las asociaciones no siempre
disponen de recursos específicos para causas concretas. Y comoquiera
que crear y poner en marcha una nueva para cada caso masivo es, en la
práctica, inviable, hay que abrir nuevos canales para reivindicar
legalmente y defender los derechos. En efecto, recordemos que la
normativa vigente exige requisitos de constitución y funcionamiento
que pueden resultar complejos para cualquier colectivo afectado.
Además, hay que tener en cuenta el factor de la representatividad
mayoritaria como filosofía que inspira tal exigenccia.
Entonces,
se trata de abrir el campo, de que no solo sean el ministerio fiscal
y las asociaciones de consumidores quienes emprendan acciones de
demanda. La proposición de ley que promueven sus señorías se
orienta, mediante la correspondiente modificación del articulado, a
que la iniciativa de las demandas y su ulterior desarrollo esté
también al alcance de plataformas específicas o grupos y colectivos
de afectados. En la exposición de motivos, aluden a su “constitución
puntual y ágil, sin vocación de continuidad, con recursos
determinados y competencias circunscritas, específicas y dirigidas a
un caso concreto que sirvan para resolver fraudes sistémicos e
indemnizar a sus afectados de forma más rápida y efectiva”. Los
cambios contenidos en la iniciativa alcanzan la corrección del
establecimiento de fianzas de modo que “se tengan en cuenta las
posibles simetrías en el acceso a la justicia entre demandantes y
demandados”.
Hay
experiencias desiguales en aquellos países de la Unión Europea (UE)
donde funcionan esquemas similares a los que se pretende. Los
resultados, salvo el caso de Gran Bretaña, no son tan rápidos como
se intenta conseguir.
Pero
bueno, se trata de favorecer las demandas colectivos de consumo que,
en el fondo, significa una defensa proactiva de los consumidores,
expuestos a menudo a desmanes y actuaciones inescrupulosas de
quienes, encima, quieren salir de rositas cuando se destapa la olla.
En este país, desde el régimen anterior, ya suman unos cuantos
casos en los que, a la postre, se notan efectos reprobables y
desesperantes: desde juzgados saturados por procedimientos y causas
idénticas, a protestas y manifestaciones de afectados que observan
cómo se evaporaron sus ahorros, por poner un ejemplo, o cómo lo
ocurrido termina afectando a su misma salud, sin que la justicia haga
mucho más para reparar sus evidentes perjuicios.
Precisamente,
los diputados promotores auguran que su iniciativa propiciaría
tratar las causas de forma conjunta, de modo que una resolución
judicial podría aplicarse al resto de los casos con cierta agilidad
y hacer que los demandados aprecien un mejor y más efectivo
funcionamiento del sistema.
Más
allá de las reivindicaciones y de las esperanzas, en fin, que los
afectados tengan unas mínimas garantías.
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