jueves, 30 de agosto de 2018

PILAR EUROPEO

Pocos se acordarán del denominado 'pilar europeo de derechos sociales', una iniciativa presentada hace ya más de un año en el ámbito de la Comisión y que fue concebido como una brújula que debía orientar la ruta hacia un proceso renovado de convergencia al alza para obtener mejores condiciones de vida y de trabajo en el territorio europeo. El pilar establecía veinte principios y derechos esenciales destinados a fomentar mercados de trabajo y sistemas de protección social equitativos.
¿Avanza la Unión Europea (UE) en esa dirección? Muchas dudas, en efecto, se ciernen sobre el funcionamiento de los programas y de las propias instituciones. Se dijo que cumplir los principios y los derechos concretados en este pilar es una responsabilidad conjunta de los Estados miembros, las instituciones de la UE, los interlocutores sociales y otras partes interesadas. Se trata, pues, de aplicar el pilar en un marco de pleno respeto de las competencias de los países miembros y de las convenciones del diálogo social.
Recordemos que los principios y derechos consagrados en esta figura del pilar europeo están estructurados en torno a tres categorías: igualdad de oportunidades y acceso al mercado laboral, condiciones equitativas de trabajo y protección e inclusión sociales. Tales principios inciden en cómo abordar la evolución del mundo del trabajo y de la sociedad para cumplir los objetivos implícitos en los tratados de una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social.
Según José Domingo Roselló, adscrito a la organización Economistas frente a la crisis, “las críticas de mayor calado que ha recibido el pilar son tres: que se trata de un texto no legalmente vinculante ni se prevé que su contenido sea recogido en los Tratados de la Unión; que no incorpora partida presupuestaria de la Comisión para su puesta en práctica y que las medidas a tomar para su desarrollo están en su práctica totalidad en manos de los Estados Miembros. Realidades incuestionables que han hecho que a veces esta iniciativa sea descrita, de manera muy visual, como “sin dientes”.
A estas objeciones, añade Roselló, puede añadirse la de que la UE en este momento contempla mecanismos de supervisión y correctivos, incluyendo sanciones a los Estados para cuando se incumple el objetivo de déficit presupuestario, pero no se ha previsto por parte de la Comisión, en el marco de la proclamación del pilar europeo de derechos sociales, ningún mecanismo análogo, aunque fuera de intensidad mucho menor, para cuando se constataran desequilibrios en los indicadores sociales. Sin un mecanismo de conexión entre la consecución de objetivos sociales y las restricciones presupuestarias, este deseado cambio de paradigma queda capitidisminuido”.
A la espera de conocer datos y balances, y de las mismas impresiones de los eurodiputados españoles, todo da a entender que esta iniciativa debería formar parte de los tratados de la Unión, sobre todo cuando cuando los gobiernos han de corregir desequilibrios presupuestarios pero también las desigualdades sociales. La consecución de una Europa más social y más justa sigue siendo una prioridad clave de la Comisión. Las huellas de la crisis, reflejadas en la vida de la sociedades y de los ciudadanos, no se borran tan fácilmente. Pero hay aspiraciones comunes que compartir y en ellas hay que insistir con soportes como este pilar de derechos sociales.

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