jueves, 2 de agosto de 2018

SANIDAD UNIVERSAL

La atención sanitaria en condiciones de universalidad y, por tanto, de equidad, será un derecho de todas las personas, basándose pues en la condición de ciudadanía y desligándose entonces de la condición de asegurado.
Estos son los principios inspiradores del Real Decreto que aprobó el Gobierno que preside Pedro Sánchez para devolver la universalidad al Sistema Nacional de Salud (SNS), de modo que reciban asistencia sanitaria los migrantes en situación administrativa irregular, las personas nacionalizadas en España, los extranjeros residentes, los pensionistas que residen en otros países y los trabajadores transfronterizos.
Estamos ante una medida de indudable calado que sirve al ejecutivo para ir marcando territorio y reafirmar señas ideológicas. La situación anterior era de clara inequidad y desigualdad, especialmente para las comunidades autónomas que hubieron de asumir la prestación sanitaria pero sin ninguna seguridad jurídica ni para las administraciones ni para los profesionales sanitarios. Cabe deducir ahora que será más fácil y viable el control de algunas enfermedades, en tanto que será factible atender las demandas de organismo europeos e internacionales, además de otras solicitudes formuladas por organismos científicos y entidades sociales.
¿Cuáles serían los efectos prácticos del decreto gubernamental que restituye la sanidad universal? Sobre el papel, la atención favorecería un mejor control de las patologías y de la salud pública puesto que, al atender urgencias, se evitarán gastos adicionales por hospitalizaciones ya que no existirán descompensaciones en enfermedades. Está previsto, igualmente, evitar el denominado turismo sanitario dado que la medida fija criterios que sorteen el uso inapropiado del derecho a la asistencia sanitaria.
¿Y quién paga, entonces? Pues, interpretando la disposición gubernamental, la factura no será imputada a los fondos públicos siempre que exista un tercero, obligado al pago o que se pueda exportar el derecho de cobertura desde su país de origen. En este sentido, queda reservado a las comunidades autónomas la fijación y aplicación del procedimiento para la solicitud y expedición del documento que acredite a las personas extranjeras a recibir la prestación asistencial.
Los criterios básicos de solidaridad y de justicia social inciden en que la sociedad de nuestros días, la sociedad justa y socialmente avanzada, no debería dejar a nadie atrás. De ahí la razón de ser de esta atención sanitaria universal, convertida ahora, sencillamente, en un derecho.

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