miércoles, 4 de diciembre de 2013

UNA REFORMA CUESTIONADA

Hay menos personas registradas en el paro, según los datos conocidos correspondientes al mes de noviembre. Y de eso hay que congratularse, naturalmente. Como igual hay que preocuparse cuando se conoce la cruz de este dato, aparentemente positivo. Y es que no hay más gente trabajando pues las fuentes ministeriales admiten que hay casi setenta mil personas menos trabajando que el mes anterior.


Esto último confirma, desgraciadamente, que se sigue destruyendo empleo en este país. Además, la precarización sigue siendo característica predominante: el 92% de los contratos firmados en noviembre son temporales, en tanto que la contratación indefinida cayó el mes pasado otro 6%.

Quien quiera, que haga caso a los mensajes del presidente y de miembros de su gobierno. Están muy necesitados de buenas noticias, de pruebas con las que apoyar las bondades de sus políticas. No parece que las estadísticas y los informes técnicos de distintos organismos abonen sus buenas intenciones y sus autos de fe.

Porque se mueven hasta los cimientos de la reforma laboral. Al menos, una juez de Barcelona, al considerar ilegal el período de prueba de un año de los contratos de emprendedores, ya ha declarado improcedente el despido de un trabajador. Sostiene la juez que ese artículo concreto de la reforma vulnera tratados internacionales a los que España se ha adherido.

Los pormenores del caso son, cuando menos, curiosos. El trabajador fue contratado con arreglo a una modalidad que incluía el período de prueba de un año. El empleado fue despedido ocho días antes de acabar este período. Defendió sus derechos interpretando que el convenio colectivo del sector consigna un período de prueba de dos semanas ampliable a seis meses. La empresa objetó que la fórmula de contratación escogida se incluye en la reforma laboral. Al final, la juez desestimó la oposición empresarial por entender que la modalidad no se ajusta a la Carta Social Europea y que debe aplicarse el Estatuto de los Trabajadores que es el que remite al convenio colectivo del sector.

A la espera de la solución definitiva de este caso, que puede sentar un precedente, parece claro que quien hizo la Ley, dejó también abiertas las ventanas de los perjuicios para los trabajadores. Y así es difícil creerse algunas declaraciones de luces, crecimiento y expectativas, ¿verdad?

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